ew

Bases legales sorteo Farmacias Alphega

 

CONCURSO NUEVAS ALTAS “Mi Club Alphega” - Farmacias

1.- EMPRESA ORGANIZADORA Y OBJETO

La entidad mercantil ALLIANCE HEALTHCARE ESPAÑA. S.A., con domicilio social en Polígono Industrial San Miguel, sector 4º, s/n, Villanueva de Gállego, Zaragoza, N.I.F. A-50.004.324, e inscrita en el Registro Mercantil de Zaragoza, Tomo 1242, Folio 212, en la hoja Z-6041, inscripción 1ª (en adelante, “ALLIANCE HEALTHCARE”), organiza este CONCURSO con el fin de impulsar el número de adhesiones a “Mi Club Alphega” y reconocer el esfuerzo a la farmacia con mayor número de nuevas adhesiones por número de empleado (en adelante, el “CONCURSO”).

 

2.- ÁMBITO TERRITORIAL, PERSONAL Y TEMPORAL

Serán consideradas participantes en el CONCURSO todas las farmacias que se encuentren incluidas dentro del programa de la Loyalty Card en el territorio español y que rellenen el formulario de inscripción al CONCURSO (en adelante, la/las “Participante/s”).

El período temporal que se tendrá en cuenta para otorgar el CONCURSO será el comprendido entre el día 01 de junio de 2022 a las 00:01 horas y el 31 de julio de 2022 a las 23:59 horas (en adelante, elPeríodo de Participación”).

 

3.- CARÁCTER GRATUITO

El CONCURSO consiste en una iniciativa unilateral por parte de ALLIANCE HEALTHCARE lo que implica que no supondrá coste alguno para las Participantes.

 

4.- PUBLICITACIÓN

ALLIANCE HEALTHCARE comunicará la existencia del CONCURSO mediante una newsletter a los correos electrónicos de la base de datos de las farmacias inscritas en el programa de fidelidad “Mi Club Alphega” particular, a través del correo electrónico info@alphega.es.

 

5.- MECÁNICA DEL CONCURSO

El CONCURSO se llevará a cabo a través de la plataforma de gestión de “Mi Club Alphega” de ALLIANCE HEALTHCARE. En este servicio ALLIANCE HEALTHCARE tiene acceso en tiempo real al número de nuevas adhesiones al programa que lleven a cabo desde cada una de las Participantes.

 

El dato que se tendrá en cuenta para la clasificación en el CONCURSO será el número de nuevas adhesiones al programa “Mi Club Alphega” y que se encuentren en el estado de suscripción “completado”, hechas por cada Participante en relación a su número de empleados en el Período de Participación. Para que el CONCURSO sea justo y no discrimine a las Participantes por el número de personas de sus equipos, se dividirá el número de altas por Participante entre el número de trabajadores, de este modo, el resultado de nuevas altas se hará sobre una base equitativa suponiendo un mismo número de empleados. Se anunciará, una vez que finalice el Período de Participación, la identidad de la Ganadora.

 

En el caso de que haya empate entre dos o más Participantes en el número de nuevas adhesiones en el Período de Participación (esto es, empate en la media de nuevas altas por empleado), se sorteará el Premio entre las Participantes empatadas a través de la página web de sorteos “Sortea2”: https://www.sortea2.com/sorteos.

 

Entre los días 1 y 5 de agosto de 2022, extraeremos los datos de los usuarios generados durante el Período de Participación que resulten reflejados en la plataforma Alphega de fidelización en el momento de finalización del CONCURSO.

 

Una vez extraídos los resultados, ALLIANCE HEALTHCARE se pondrá en contacto con la Ganadora el fin de conocer si acepta o renuncia al Premio.

 

En el caso de que la inicialmente la Ganadora renunciara al Premio, el mismo sería asignado a la siguiente Participante con mayor número de nuevas adhesiones durante el Período de Participación o, en caso de empate, la Participante que no hubiese ganado el Premio inicialmente resultante del sorteo pasaría a ser considerada la Ganadora.

 

La Ganadora, consiente que su nombre, apellidos y datos de su farmacia, así como las imágenes de su persona que sean tomadas en el momento de la entrega del reconocimiento y/o en el transcurso temporal del mismo, puedan ser publicadas, con fines promocionales, a partir de los correos electrónicos remitidos a las farmacias por parte de ALLIANCE HEALTHCARE, en las páginas web de ALLIANCE HEALTHCARE, en las redes sociales donde ALLIANCE HEALTHCARE y la marca Alphega Farmacia tengan presencia corporativa (YouTube, Instagram, Facebook, LinkedIn, Pinterest, Twitter), así como en filmaciones destinadas a difusión comercial y/o para revistas o publicaciones de ámbito relacionado con el sector farmacéutico para promocionar productos y/o servicios por parte de ALLIANCE HEALTHCARE, la marca Alphega Farmacia y/o por terceras empresas en las que ALLIANCE HEALTHCARE delegue dicha labor.

 

Una vez determinada su identidad, la comunicación oficial de la Ganadora del CONCURSO y, por tanto, del reconocimiento, se realizará a la mayor brevedad, aproximadamente entre los días 8 y 12 de agosto de 2022 a través de correo electrónico de las Participantes y/o teléfono.

 

6.- PREMIO

La Participante que obtenga el mayor número de nuevas adhesiones con el estado de suscripción “completado” por empleado durante el Período de Participación será considerada ganadora siempre y cuando haya conseguido un mínimo de 50 nuevos usuarios por empleado (en adelante, la “Ganadora”). El reconocimiento que obtendrá serán 500 unidades de Tarjetas Alphega, valorado aproximadamente en 170€ o 4 cuotas gratis del servicio de fidelidad de Alphega “Mi Club Alphega”, valorado aproximadamente en 180€ (en adelante, el “Premio”).

 

Serán considerados nuevos usuarios válidos a efectos del cómputo aquellos que hayan aceptado las condiciones para la tarjeta de fidelidad “Mi Club Alphega”, se les haya asignado un número de tarjeta y, además, aparezcan en el estado de suscripción en la plataforma de gestión “Mi Club Alphega” con el estado de suscripción “completado”. Aquellos usuarios que aún consten como “pendientes” no serán tenidos en cuenta para el cómputo.

 

En caso de que la Ganadora decida recibir el Premio en la forma de las 4 cuotas gratis del serivico de fidelidad de Alphega “Mi Club Alphega”, se otorgarán dejando de cobrar a la Ganadora las cuotas asociadas al programa “Mi Club Alphega”. Las cuotas se dejarán de cobrar por parte de ALLIANCE HEALTHCARE desde el momento de la aceptación del reconocimiento por parte de la Ganadora y hasta completar la 4 cuotas que constituyen el Premio. Si la aceptación del reconocimiento tiene lugar antes del cobro de la cuota de agosto, esta será la primera que se dejará de cobrar. En el caso de que en el momento de aceptación del Premio la Ganadora ya hubiese procedido al pago de la mensualidad correspondiente al mes de agosto, pasará a dejarse de cobrar la primera cuota de septiembre como la primera cuota asociada al Premio.

 

Los reconocimientos contenidos en estas bases no podrán ser canjeados por su equivalente económico. La renuncia al reconocimiento no dará ningún derecho de indemnización o compensación al renunciante. La entrega efectiva del reconocimiento quedará condicionada a que la Ganadora cumpla y acepte las condiciones especificadas en las presentes bases.

 

7.- PROTECCIÓN DE DATOS

Le informamos que sus datos de carácter personal serán tratados por parte de ALLIANCE HEALTHCARE, en calidad de responsable del tratamiento, con la finalidad de gestionar el SORTEO. Asimismo, le informamos que, salvo obligación legal o consentimiento expreso por parte de las Participantes, ALLIANCE HEALTHCARE, no va a ceder sus datos a terceras personas. Podrá acceder, rectificar o suprimir sus datos como disponer de otros derechos recogidos por la normativa dirigiéndose por correo al departamento legal de Alliance Healthcare España, S.A. en  C/Marie Curie, 54, Pol. Ind. Ca n’Alemany (08840), Viladecans (Barcelona) o a la dirección de email: protecciondedatos@alliance-healthcare.es. De igual modo, puede consultar nuestra política de protección de datos en nuestra página web: https://www.alphega-farmacia.es/proteccion-de-datos.

 

8.- CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN DE UNA PARTICIPANTE

Este CONCURSO se organiza con la pretensión de fomentar la participación de todas las Participantes en condiciones de igualdad y con estricto respeto al principio general de la buena fe. Por ese motivo, ALLIANCE HEALTHCARE excluirá automática e inmediatamente del mismo a cualquier Participante que transgreda las normas de la buena fe, observe una conducta mendaz, inadecuada, falaz o impropia, emplee medios desproporcionados, fraudulentos o abusivos, o incumpla estas bases en cualquiera de sus extremos. En cualquier caso, con carácter enunciativo, pero no limitativo, y en aquello que resulte de aplicación, se excluirá a cualquier Participante del CONCURSO en los siguientes casos:

 

  1. Introducción de datos inexactos, erróneos, no coincidentes o falsos. La constatación de que un Participante ha introducido datos inexactos, alterados o falsos, dará lugar a la exclusión inmediata del CONCURSO, y le inhabilitará para recibir cualquier reconocimiento, sin que sea necesario comunicárselo.

 

  1. De igual modo, cualquier anomalía atribuible a una Participante que impida, altere o perturbe el normal desarrollo del CONCURSO, que afecte o perjudique a cualquier otra Participante, que pueda falsear los datos de participación, comprometa la seguridad o la fiabilidad de los sistemas técnicos utilizados para su desarrollo, o que contravenga, de algún otro modo las presentes bases, dará derecho a ALLIANCE HEALTHCARE a excluir unilateral e inmediatamente a dicha Participante y a dar cuenta de los hechos a las autoridades competentes.

 

En caso de que cualquiera de las anteriores irregularidades, o cualesquiera otras, se detecten con posterioridad a la entrega efectiva del CONCURSO, ALLIANCE HEALTHCARE se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales pertinentes contra su autor o responsable, entre otras, las tendentes a la devolución del CONCURSO.

 

9.- RESPONSABILIDAD

 

ALLIANCE HEALTHCARE no se responsabiliza de los posibles retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a terceros que puedan afectar al desarrollo del presente CONCURSO.

 

ALLIANCE HEALTHCARE como empresa organizadora del CONCURSO se reserva el derecho de acortar, prorrogar, modificar o cancelar este CONCURSO, si concurrieran circunstancias excepcionales que impidieran su realización, comunicando dichas circunstancias de manera que se evite cualquier perjuicio para las Participantes en el CONCURSO.

 

10.- DEPÓSITO DE LAS BASES

Las bases de participación en el presente CONCUROS están publicadas en la página ALLIANCE HEALTHCARE, en el espacio reservado para las farmacias clientes, en el link https://www.alphega-farmacia.es/bases-legales-sorteo-farmacias

 

11.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES

La simple aceptación del Premio vinculado al presente CONCURSO, implica la aceptación de éstas bases en su totalidad, por lo que la manifestación, en el sentido de no aceptación de las mismas, implicará la exclusión de la Participante y, como consecuencia de la misma, ALLIANCE HEALTHCARE quedará liberada del cumplimiento de la obligación contraída con dicha Participante.

12.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN COMPETENTE

Para todo lo que no se especifique en estas bases se someterá a la normativa española que esté en vigor en cada momento. En caso de litigio resolverán la contienda los Juzgados y Tribunales de Barcelona, sin perjuicio del fuero que pudiera corresponder según la normativa aplicable.

 

***************

dermo

Dermo

Haz click aqui